Normativa sobre grupos

Reglas de funcionamiento de las secciones o grupos científicos de la SEBBM.
Preámbulo

Es necesario reconocer que los grupos han enriquecido científicamente a la SEBBM y la han dotado de gran dinamismo y plasticidad. Generalmente las inquietudes de investigadores altamente productivos en áreas florecientes, o de predecible buen futuro, han cuajado en nuevos grupos. Este mismo dinamismo de los grupos aconseja que del mismo modo que se forman, puedan dejar de ser funcionales cuando el área deja de tener la necesaria prevalencia o interés para el colectivo que lo creó.

Lo anteriormente expuesto hace recomendable que la SEBBM disponga de unas normas o criterios no solo para la formación de nuevos grupos, sino también para su supresión una vez que han dejado de ser operativos.

Normas

1. La creación de un nuevo grupo o sección científica requiere que sea solicitado por al menos 25 socios ordinarios de la SEBBM, y aprobado por la asamblea general ordinaria que se celebra anualmente, como está recogido en los estatutos.

2. Aspectos específicos para la elección de los coordinadores de grupos científicos:

2a. El promotor o promotores del grupo elegirán un máximo de dos responsables de la coordinación de ese grupo por un máximo de cuatro años. Finalizado ese periodo, que no podrá ser prorrogado, se procederá a elegir un nuevo coordinador o coordinadores (máximo dos) del grupo por un periodo de cuatro años, sin prórroga. Se debe proceder a la elección de los nuevos coordinadores en la reunión de grupo del congreso anual. Si fuese necesario, se procederá a la votación entre los asistentes de la propuesta, que debe ser aprobada por mayoría simple. En cualquier caso, el nombre de los nuevos coordinadores debe ser comunicado a la Junta Directiva para su aprobación en el periodo que transcurre desde la finalización del congreso anual hasta el 30 de noviembre del mismo año. Los coordinadores de grupo deben ser miembros ordinarios de la SEBBM. 

Se sugiere, quedando a la decisión de los grupos, que en aquellos casos en los que hubiera dos coordinadores, sus periodos estén desfasados dos años.

2b. En caso de cambio de coordinador antes del fin del periodo por causas de fuerza mayor se procederá de igual forma.

3. Los coordinadores de grupo deberán tener especial sensibilidad para captar e incluir a los jóvenes investigadores nacionales cuyo trabajo coincida con las líneas generales del grupo formado. Solo así se conseguirá la renovación permanente de las ideas y la plena adaptación de la SEBBM a la realidad científica del país.

4. Los grupos se reunirán preferentemente en el congreso anual de la Sociedad. También podrán reunirse en eventos específicos organizados a tal fin. Si la reunión no se realiza en el congreso anual, se financiarán con preferencia las reuniones internacionales con otros grupos afines.

5. Aspectos específicos que debe de tener en cuenta el coordinador al organizar la reunión anual:

5a. En línea con la norma 3, el límite de ponentes seniors será de dos y nunca más de un extranjero. Se empleará una parte sustancial del tiempo de la reunión para charlas de jóvenes investigadores nacionales, así como para seleccionar algunas charlas cortas entre las comunicaciones recibidas.

5b. Los ponentes seleccionados deberán tener una amplia distribución geográfica y representación de género equilibrada.

5c. Todos los ponentes seleccionados deberán ser miembros de la SEBBM, excepto si son extranjeros, o haber solicitado su admisión antes del cierre del programa del congreso.

5d. Todos los ponentes seleccionados, incluidos los extranjeros, deberán abonar la cuota de inscripción al congreso.

5e. El coordinador/es deberá/n comprometerse y esforzarse para que los resúmenes de los participantes sean enviados en la fecha oportuna; en caso contrario, se procederá a cancelar la reunión.

6. Los grupos que no se hayan reunido o realizado actividad específica alguna durante tres años podrán ser dados de baja como tales.